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Hallazgos
Hallazgos de Cofrentes (Trimestre 4 año 2025)

UNIDADESSucesos iniciadoresSistemas de mitigacionIntegridad de barrerasPreparación para emergenciasProtección radiológica ocupacionalProtección radiológica del público Transversal a todos los pilares
CofrentesVerde (3) Verde (12) Sin hallazgosSin hallazgosVerde (1) Verde (1) Verde (3)

Trimestre 4
Año 2025
Verde (1) Verde (5) Sin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosSin hallazgos
Trimestre 3
Año 2025
Sin hallazgosVerde (2) Sin hallazgosSin hallazgosVerde (1) Sin hallazgosSin hallazgos
Trimestre 2
Año 2025
Verde (2) Verde (2) Sin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosVerde (1) Verde (3)
Trimestre 1
Año 2025
Sin hallazgosVerde (3) Sin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosSin hallazgos

 Pilar: Sucesos iniciadores

Fecha de la inspección
31-12-2025

Pilar de seguridad
Sucesos iniciadores

Importancia
Verde

Titulo
Tendido provisional de cableado eléctrico no clase sobre barra de emergencia EA1

Descripción del incumplimiento
El 21/10/2025, en el cubículo de la barra de emergencia de la división 1, la Inspección identificó un tendido eléctrico provisional desde el cuadro eléctrico de alumbrado hasta un carrete eléctrico en mitad del cubículo, que se sujetaba mediante la apertura parcial de una puerta próxima al interruptor de alimentación. Para mantener el cable elevado y no obstruir zonas de paso, el personal había abierto parcialmente la puerta del cubículo manteniendo el cable sujeto entre la puerta y la estructura exterior del interruptor. El cableado disponía de tensión y en ese momento estaba alimentando equipos auxiliares para la ejecución de unos trabajos.

Valoración de la importancia para la seguridad
Se considera que se ha incumplido el procedimiento general de gestión de trabajos, al no haber analizado en las reuniones previas a la ejecución del trabajo, ni haber detectado durante la ejecución del mismo, la necesidad de alimentar equipamiento eléctrico de forma provisional. El titular no había previsto la necesidad de realizar el recorrido del cableado a través del cubículo. De haberlo previsto, hubiera podido evitar la interferencia con el resto de cableado y equipamiento eléctrico relacionado con la seguridad. Este hallazgo afecta al pilar de seguridad sucesos iniciadores, que tiene como objetivo limitar la frecuencia de aquellos sucesos que desafían la estabilidad de la planta y demandan las funciones críticas de seguridad, tanto durante la parada como en las operaciones a potencia. Este hallazgo tiene asociado el componente transversal CT-5 “Prácticas de trabajo y supervisión” al considerarse que, a pesar de que el titular ha identificado, analizado y propuesto acciones de mejora para evitar la repetitividad de este tipo de hallazgos, la ejecución del trabajo se llevó a cabo sin tener en cuenta las implicaciones desde el punto de vista de seguridad de las medidas extraordinarias tomadas para ello; así mismo, tampoco fue detectado por la supervisión. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como VERDE

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
16-04-2026




Fecha de la inspección
30-06-2025

Pilar de seguridad
Sucesos iniciadores

Importancia
Verde

Titulo
Válvula de aislamiento en línea B de agua de alimentación en estado inadecuado

Descripción del incumplimiento
Durante la parada programada de la central en abril de 2025, en una ronda efectuada en el túnel de vapor, la Inspección Residente identificó defectos de instalación en la válvula instalada en la línea B de agua de alimentación, que tiene la función de aislamiento de contención primaria y de retención, abriendo por aire y cerrando por muelle. Para su apertura, dispone de un brazo externo unido al eje de la clapeta, con un contrapeso que se encontraba parcialmente girado sobre el eje de la varilla pasante. Dicha varilla se encontraba partida en uno de sus extremos, por lo que únicamente disponía de tuerca y contratuerca en uno de los lados. La Inspección comprobó que la misma válvula de la línea A de agua de alimentación, de la que se desprendió el contrapeso en 2017, tenía correctamente instalada la varilla pasante, con tuerca y contratuerca soldadas en ambos extremos y, adicionalmente, el contrapeso se encontraba fijado mediante soldadura al brazo del actuador. La válvula B, no disponía de soldadura de unión entre el brazo del actuador y el contrapeso, a pesar de que entre las medidas correctivas que el titular tomó tras el suceso en 2017 en la válvula A, incluyó la elaboración del procedimiento de mantenimiento para la revisión general de las válvulas de retención de aislamiento de las líneas de agua de alimentación A y B, y la previsión de la sustitución en 2021, del actuador de las válvulas por un modelo con mayor carrera para asegurar que la clapeta no quedaba sometida al flujo de agua estando abierta.

Valoración de la importancia para la seguridad
Se considera que se ha incumplido el Manual de garantía de calidad, teniendo en cuenta que par la válvula de retención B no se han tomado las mismas medidas correctoras que se implantaron en la válvula A, por extensión de condición, y con el paso del tiempo, ha podido contribuir a que se inicie un proceso de degradación de la misma tipología. Adicionalmente, la anomalía identificada en la válvula B no fue identificada por el titular durante rondas de inspección en el túnel de vapor en la parada de abril 2025. Este hallazgo afecta al pilar de seguridad de Sucesos iniciadores que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas, en este caso Este hallazgo tiene asociado el componente transversal CT-12, Resolución de problemas y áreas de mejora al considerarse que el titular no implantó correctamente las acciones necesarias para evitar la repetición a raíz del incidente en 2017 en la válvula B, por lo que las acciones tomadas no han sido suficientes para evitar que se haya producido la rotura de la varilla que sostiene el contrapeso de la válvula B, lo que es un factor contribuyente a iniciar un proceso de degradación similar. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como VERDE.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
08-10-2025




Fecha de la inspección
30-06-2025

Pilar de seguridad
Sucesos iniciadores

Importancia
Verde

Titulo
Parada no programada de la central por alineamiento erróneo de la válvula

Descripción del incumplimiento
El 5 de mayo de 2025, con la planta en proceso de arranque, apareció en sala de control una alarma de alta temperatura provocada por un termopar, tarado a 90 ºC y ubicado en el cojinete guía inferior de la bomba A de recirculación. El titular confirmó que la alarma era real, por lo que para realizar una inspección y/o posible intervención fue necesario llevar la central a parada. Con la central parada, se identificó que la válvula de entrada de refrigeración del sistema cerrado de agua de enfriamiento al cojinete de la bomba estaba cerrada y, tras abrirla completamente, la temperatura en el cojinete retornó a valores normales. El titular analizó el hallazgo y confirmó que, antes del arranque, se habían ejecutado tanto el procedimiento de verificación independiente como las pruebas post-mantenimiento de operación, que conlleva la comprobación de alineamiento de válvulas manuales inaccesibles en operación a potencia. Entre este tipo de válvulas están las que se encuentran en pozo seco, donde se ubica la válvula de este caso en cuestión, que durante aquellas comprobaciones previas, y dado que la válvula se encuentra en una posición complicada, en lugar de abrirla se dejó en posición cerrada. El personal ejecutor de la verificación independiente y de las pruebas post-mantenimiento no notificó a sala de control el cambio de posición de la válvula manual, por lo que no quedó registro de la maniobra y, adicionalmente, la comprobación de control secundario se ejecutó por parejas, realizando una doble verificación (un técnico realiza la acción y otro le supervisa) en lugar de la verificación independiente (un técnico realiza la comprobación y, posteriormente y separada en el tiempo, otro técnico debe repetir la verificación).

Valoración de la importancia para la seguridad
Se considera que se ha incumplido el procedimiento sobre la verificación independiente y pruebas post-mantenimiento de operación, dado que la comprobación de la posición de la válvula se llevó a cabo por doble verificación por parejas, en lugar de realizar la verificación independiente que requiere el procedimiento, Este hallazgo afecta al pilar de seguridad de sucesos iniciadores que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas, en este caso Este hallazgo tiene asociado el componente transversal CT-4, Planificación y coordinación del trabajo por considerarse que la planificación previa para ejecución del control secundario no tuvo en consideración que debía ejecutarse siguiendo una verificación independiente, en lugar de una doble verificación. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como VERDE.

Identificado por
Autorrevelado

Fecha de notificacion
08-10-2025




 Pilar: Sistemas de mitigacion

Fecha de la inspección
09-05-2025

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Ausencia de un plan de pruebas y mantenimiento establecido para la telefonía digital inalámbrica

Descripción del incumplimiento
Durante la inspección sobre la protección contra incendios, el CSN solicitó información sobre las pruebas periódicas de vigilancia realizadas sobre repetidores del sistema de comunicaciones DECT (Digital Enhanced Cordless Telecommunications) instalados, que da cumplimiento al requisito 3.4.10 de la IS-30. La Inspección constató que el titular no dispone de un procedimiento específico ni periodicidad formal de pruebas y mantenimiento, sino que solo realiza el control en el uso habitual y correcciones tras identificarse algun fallo. Además, se documentan las revisiones de las antenas y terminales de forma informal, pese a tratarse de un sistema requerido como comunicación de emergencia. El artículo 5.11 de la Guía de Seguridad (GS) 1.19 recoge: “Comprobar la efectividad del sistema de protección contra incendios mediante la realización de pruebas y mantenimientos del equipo de protección y de los sistemas de comunicación e iluminación de emergencia”.

Valoración de la importancia para la seguridad
Se considera que se ha incumplido el documento de la base de licencia K96-8105, que no se cumple con el artículo 5.11 de la Guía de Seguridad (GS) 1.19, a pesar de dicho documento concluye de forma contraria. Este hallazgo afecta al pilar de seguridad Sistema de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas, en este caso los sistemas de proteccion contra incendios y sus sub-sistemas de comunciación Este hallazgo tiene asociado el componente transversal CT-5 “Prácticas de trabajo y supervisión” por considerarse que las prácticas de trabajo no han sido suficientemente rigurosas dado que la telefonía DECT no dispone de un plan de pruebas y mantenimiento establecido, sino que solo se actúa a posteriori corrigiendo los fallos de los equipos involucrados. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como VERDE

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
16-04-2026




Fecha de la inspección
09-05-2025

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Incumplimiento del anexo A.7 de la IS-30 para las conducciones eléctricas de las divisiones 1 y 3 en la galería eléctrica

Descripción del incumplimiento
Durante la inspección sobre Protección Contra Incendios (PCI), se visitó la galería eléctrica del sistema P40, y se observó que, por uno de sus laterales, discurren bandejas de cables de división I y no divisionales.Por el otro lateral, discurren las bandejas de cables de división II y III. Se observó que la división II está protegida con una barrera resistente al fuego de tres horas a lo largo de toda la galería, mientras que las otras dos divisiones no están protegidas mediante barrera resistente al fuego ni se dispone de un sistema automático de extinción. También discurren bandejas de cables de trenes redundantes, algunos de ellos sin separación resistente al fuego. Se observó que la galería dispone de detectores y extintores repartidos a lo largo de la misma. Según el titular, la estrategia para atacar un incendio de mayores dimensiones consiste en inundar la galería con espuma a través de bocas de hombre. Se comprobó que, anexas a las bocas de hombre de acceso a la galería, se dispone de los medios necesarios para el empleo de espumógeno como medio de extinción de incendios. No se dispone de sistemas automáticos de extinción en la galería eléctrica del P40. Con posterioridad a la inspección, se mantuvo una reunión con el titular para aclarar algunos aspectos relativos al cumplimiento del anexo A7 de la IS-30 en la que el titular defendió su interpretación restrictiva de la protección de los cables de los equipos requeridos de parada segura y se identificaron algunas incoherencias con documentación y procedimientos de PCI

Valoración de la importancia para la seguridad
Se considera que se ha incumplido el anexo A.7 de la IS-30 revisión 2, no identificado por el titular, en la galería eléctrica del P40, por no disponer en las bandejas de cables de parada segura de las divisiones I y III de barreras de 3 horas de resistencia al fuego ni de un sistema automático de extinción. Tampoco estaba justificada por el titular la opción alternativa de cumplimiento con el anexo A.7 de la IS-30, relativa a que estas bandejas no están expuestas a un riesgo de fuego externo a ellas mismas. Este hallazgo afecta al pilar de seguridad sistema de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas, en este caso los equipos del sistema de agua de servicios esenciales (P40). Este hallazgo tiene asociado el componente transversal CT-11 “Evaluación de problemas y áreas de mejora” por considerar que el titular debería haber completado el proceso de evaluación de cumplimiento de la IS-30 en todos sus apartados, incluyendo el anexo A.7 y haberlo justificado en su documentación. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como VERDE

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
16-04-2026




Fecha de la inspección
31-12-2025

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Material de trabajo y componentes de equipos sueltos junto a equipos de seguridad durante recarga

Descripción del incumplimiento
Durante la recarga R25, la inspección realizó las siguientes observaciones relacionadas con el estado de cubículos con equipos de seguridad, donde observó varios casos de material y equipos auxiliares sueltos o móviles en cubículos con equipos de seguridad durante la recarga (p. ej., bonetes y útiles con riesgo de caída, mesas con ruedas próximas a tubings e instrumentación, material pesado sin anclar en puestos de coordinación), sin asegurar su anclaje o retirada cuando no había personal en la zona.

Valoración de la importancia para la seguridad
Se considera que se ha incumplido el procedimiento de la central para gestión y control de elementos auxiliares de planta, que especifica en su punto 5.1.4 “Prestar especial atención cuando el elemento auxiliar se ubique en un cubículo relacionado con la seguridad. Si es el caso, el elemento auxiliar debe estar siempre anclado cuando el usuario no se encuentre en la zona”. Este hallazgo afecta al pilar de seguridad sistema de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas, en este caso de los equipos de seguridad existentes en los cubculos revisados. Este hallazgo tiene asociado el componente transversal CT-4 “Planificación y coordinación del trabajo”, ya que el titular no previó (y por tanto no planificó) la necesidad de retirar o anclar los equipos auxiliares, cuando no había personal presente en los cubículos, durante o tras la realización de los trabajos. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como VERDE

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
16-04-2026




Fecha de la inspección
31-12-2025

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
No apertura de no conformidad por la presencia de debris latente en pozo seco

Descripción del incumplimiento
Durante la recarga R25, la Inspección comunicó al titular diferentes observaciones relativas a la presencia de debris latente en múltiples ubicaciones del pozo seco, aportando localización precisa y evidencia fotográfica (plásticos de bridas, restos metálicos de pequeño tamaño, restos de plásticos de cinta incluido algún trozo de plástico transparente, aislamiento deteriorado, varios debris latente de poco tamaño bajo trámex en varias cotas y orientaciones). Aunque el titular indicó que antes del arranque realiza una limpieza general del pozo seco, la inspección ha comprobado que existe acumulación progresiva de debris en algunas zonas, donde aparentemente no se realizan tareas de limpieza, sin que el titular haya justificado que no puede producir efectos no deseados sobre el comportamiento de los sistemas de refrigeranción del reactor en caso de emergencia. A pesar de las evidencias comunicadas por la inspección residente, el titular no abrió una entrada en el Programa de Acciones Correctivas (PAC).

Valoración de la importancia para la seguridad
Se considera que se ha incumplido el Programa de acciones correctivas, por no abrir una entrada del tipo No Conformidad. Dicho procedimiento establece que el personal es responsable de identificar no conformidades utilizando los procedimientos establecidos para ello y entre las fuentes de origen se incluye la Inspección Residente, como “evalaución externa CSN” y debiéndose abrir sin necesidad de esperar a la notificacion del acta de inspección. Este hallazgo afecta al pilar de seguridad sistema de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas, en este caso, evitar la presencia de debris que pudieran ser arrastrados al pozo seco en caso de emergencia. Este hallazgo tiene asociado el componente transversal CT-11 “Evaluación de problemas y áreas de mejora”, por considerarse que el titular era conocedor de la situación a través de la información transmitida por la inspección residente y, sin embargo, no consideró en la evaluación de la importancia para la seguridad que se realizó, que tuviera la entidad suficiente para documentarlo dentro de una No Conformidad. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como VERDE

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
16-04-2026




Fecha de la inspección
09-05-2025

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
La frecuencia de la prueba de arranque automático de la bomba eléctrica de PCI establecida no cumple lo requerido por la NFPA-25

Descripción del incumplimiento
Durante la inspección sobre la Protección Contra Incendios (PCI) se realizaron comprobaciones sobre la propuesta de mejora de acción PAC sobre la prueba de arranque automático de la bomba eléctrica de PCI. La Inspección solicitó información sobre el cumplimiento delr apartado 8.3.1.2.3 de la NFPA-25 que requiere que se ejecute la prueba no flow test del requisito 8.3.1.2 de la NFPA-25 con una frecuencia mensual. El procedimiento de la central indica que los criterios de aceptación de la prueba son los establecidos en la NFPA-25, sin embargo se establece una frecuencia de ejecución de 60 días para la prueba no flow test mientras que el requisito 8.3.1.2 de la NFPA-25 indica una frecuencia mensual.

Valoración de la importancia para la seguridad
Se considera que se ha incumplido la NFPA-25, dado que la frecuencia de la prueba de arranque automático de la bomba eléctrica de PCI debería ser de un mes, según el apartado 8.3.1 de dicha norma, en lugar de 60 días que indica el procedimiento del titular. Este hallazgo afecta al pilar de seguridad sistema de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas, en este caso la fiabilidad y disponibiidad de la bomba del sistema de protección contra incendios. Este hallazgo tiene asociado el componente transversal CT-12 “Resolución de problemas y áreas de mejora”, y aunque el titular actuó correctamente al abrir una acción PAC para la creación de una prueba de no flow test de la bomba PCI, la resolución de dicha acción no fue adecuada, al no considerarse la frecuencia requerida por la norma NFPA-25. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como VERDE

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
16-04-2026




Fecha de la inspección
25-03-2025

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Gestión inadecuada de una orden de cambio de proyecto

Descripción del incumplimiento
La medida del punto de rocío es requerida para garantizar la calidad del aire del sistema de aire comprimido esencial, diseñado para mitigar las consecuencias de un posible accidente limitando la liberación de actividad al exterior, así como para mantener la sala de control a presión positiva en caso de un accidente con pérdida de refrigerante. Los medidores de punto de rocío instalados en el año 1996 presentaban el montaje inadecuado, descubierto por las anomalías presentadas en 2010, pues no se medía correctamente el punto de rocío debido a que la cantidad de muestra de aire que llegaba al sensor no era representativa y para ello emitió una orden de cambio de proyecto (OCP) en 2012, Esta OCP fue revisada en 2021, revisión 1, y en 2024, la revisión 2B, cuando terminó de implantar la modificación de diseño correspondiente, y transcurriendo más de dos años entre ellas. Se considera que se ha incumplido la IS-21 en lo que se refiere al periodo límite máximo de dos años para la implantación de las modificaciones, superado el cual debe revisarse la validez de la correspondiente evaluación de seguridad,.

Valoración de la importancia para la seguridad
Se considera, además, que se ha incumplido el procedimiento de emisión, evaluación y alcance de solicitudes de cambio de proyecto, dado que la OCP se clasificó como urgente y de complejidad media y, por tanto, su implantación debería haber finalizado en menos de 12 meses. Este caso, la fecha de emisión fue en 2012 y su resolución final fue en 2024, incumpliendo el plazo indicado sin ninguna justificación. Se considera, que se ha incumplido el procedimiento del sistema de gestión integrada de no conformidades y acciones, que requiere que las no conformidades (NC) sean cerradas, exclusivamente, por el emisor de las mismas como garantía de que el problema detectado ha sido solucionado de forma eficaz. La NC abierta en el PAC para la problemática de la medida de punto de rocío fue emitida el 21/07/2010 y cerrada el 27/11/2020, sin haber implantado la OCP que solucionaba el problema detectado, incumpliendo igualmente, el procedimiento anterior. Este hallazgo afecta al pilar de seguridad Sistema de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como VERDE.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
14-01-2026




Fecha de la inspección
30-09-2025

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Montaje inadecuado de andamios junto a equipos de seguridad

Descripción del incumplimiento
Durante el trimestre, la Inspección Residente ha identificado una serie de anomalías relacionadas con el montaje inadecuado de andamios junto a equipos de seguridad. En algunos casos, no se respetaba la distancia mínima requerida en el correspondiente procedimiento, o bien la documentación requerida presentaba errores, tal como un andamio montado en contacto con el tubing del instrumento de indicación de presión de entrada de agua de servicios esenciales al condensador de la unidad de agua enfriada esencial. También se identificó un segundo andamio que solo tenía un punto de anclaje y se podía mover con facilidad, de forma que podía golpear los equipos y estaba instalado a una distancia inferior a 50 mm de la válvula del sistema de aire comprimido de instrumentos, Este sistema tiene función de aislamiento de contención secundaria y en él, adicionalmente, otro elemento del andamio se encontraba en contacto con una línea de aire comprimido del sistema de aire comprimido esencial. De igual manera se identificó un tercer caso de montaje de dos andamios con ruedas y un único punto de anclaje con cincha, junto a unidades hidráulicas de control de barras de control que disponen de capacidad de movimiento.

Valoración de la importancia para la seguridad
Se considera que se ha incumplido el procedimiento PG-040, Procedimiento para la gestión y control de la instalación, mantenimiento y retirada de andamios o estructuras temporales en planta sujetos a evaluación de los aspectos de seguridad, que requiere mantener una distancia mínima de 50 mm respecto a estructuras, sistemas y componentes relacionados con la seguridad, y adoptar, en aquellos casos en los que no sea posible, medidas compensatorias de montaje y anclaje para evitar posibles daños en caso de sismo. Este hallazgo afecta al pilar de seguridad Sistema de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas. Este hallazgo tiene asociado el componente transversal CT-12, “Resolución de problemas y áreas de mejora”, dado que se constata, una ineficacia en la ejecución de las acciones correctivas implementadas por el titular para prevenirlo, a la vista de los casos similares ya identificados en el pasado. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como VERDE.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
14-01-2026




Fecha de la inspección
19-11-2024

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Valores de diseño sin referencia a documentos soporte

Descripción del incumplimiento
Durante la inspección de bases de diseño de componentes no se pudo identificar las referencias que soportan ciertos datos de diseño, relativos a la presión inicial presente en el cilindro de accionamiento de las unidades de control hidráulico; la presión de operación del acumulador en el lado agua; el área de actuación de presión del accionamiento; la presión en el lado del gas del acumulador tras la descarga o la presión mínima en el reactor que garantiza la inserción de barras Tampoco se pudo comprobar su trazabilidad con el cálculo de diseño sobre la capacidad de las unidades de control hidráulico para realizar su función, entendiéndose como tal el cálculo de fuerzas en las que intervienen las presiones de accionamiento, la contrapresión en la cúpula del reactor, así como la geometría de los mecanismos de accionamiento de las barras de control de dichas unidades de control hidráulico. Adicionalmente, la Inspección no pudo identificar la referencia ni, por ende, proceder a la revisión, del cálculo de fuerzas en el que se analiza la capacidad de la parada rápida de emergencia, con objeto de comprobar que las variables anteriormente indicadas participan o están envueltas por las que se postulan en dicho cálculo. Sobre este análisis y variables asociadas, no aparece referencia alguna ni en el propio estudio de seguridad ni en las bases de lasespecificaciones técnicas de funcionamiento mejoradas asociadas, habiendo el titular identificado los datos de diseño de las unidades de control hidráulico, de forma independiente en los documentos del suministrador la tecnología de la central (General Electric).

Valoración de la importancia para la seguridad
Se considera que se ha incumplido el Manual de garantía de calidad, que requiere, en su apartado relativo al control del diseño, medidas para asegurar que los datos de partida del diseño se identifican, se documentan y se trasladan correctamente a los documentos de diseño, tales como especificaciones, planos, procedimientos e instrucciones, y que estos documentos se recopilarán, se almacenarán y se mantendrán de acuerdo a procedimientos escritos. Este hallazgo afecta al pilar de seguridad de Sistema de mitigación que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas, en este caso, las unidades de control hidráulico mencionadas. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como VERDE.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
08-10-2025




Fecha de la inspección
19-11-2024

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Incorrecta categorización de una entrada del programa de acciones corretivas y retraso con reprogramación sin justificación en su resolución

Descripción del incumplimiento
En 2021 se identificó un hallazgo relacionado con el incumplimiento de la normativa requerida en el Manual de Inspección en servicio (MISI) de Cofrentes durante las pruebas de unas válvulas que obligó al titular a abrir una entrada del tipo no conformidad en el programa de acciones correctivas (PAC), La inspección realizada a finales de 2024 revisó la entrada abierta en 2021, como categoría D y constató que se encontraba ya como finalizada en sus tres acciones de desarrollo. De ellas, su tercera acción tenía por objeto realizar la extensión de causa conforme al código ASME OM para el resto de las válvulas incluidas en el capítulo 7 del Manual de Inspección en Servicio. Si bien la tercera acción tenía inicialmente la fecha prevista de cierre el 3 de julio de 2023, se reprogramó sin justificación y se cerró el 21 de junio de 2024, concluyendo que había 26 válvulas en las que, los equipos de medida utilizados no cumplían con el requisito del MISI (objeto del hallazgo verde de la inspección de 2021, relativo a la incertidumbre del 1 % de la presión de tarado medida) y, que de estas 26 valvulas, había cuatro válvulas de alivio de seguridad, para las que se abrió una condición anómala, que quedaría abierta hasta la recarga R25 (2025). Dado que la entrada abierta en 2021 provenía de un hallazgo verde, la categoría de la entrada debería haber sido C según el procedimiento del titular, que establece que dicha categoría requiere una evaluación suficiente para el establecimiento de acciones de corrección para devolver el equipo o proceso a los parámetros esperados.

Valoración de la importancia para la seguridad
Se considera que el titular ha incumplido su Programa de acciones correctivas al no haber modificado la categorización inicial (D) tras recibir la carta del CSN en la que se comunicaba el hallazgo verde; por no haber justificado la reprogramación de la tercera acción teniendo en cuenta que había una parada para recarga en octubre de 2023, que habría permitido la realización de las pruebas en las cuatro válvulas para las que posteriormente se les abrió de una condición anómala en junio de 2024; y, adicionalmente, por considerar la acción 3 como “acción de mejora”, cuando debía haberse emitido como “acción correctiva”. Este hallazgo afecta al pilar de seguridad de sistema de mitigación que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas, Este hallazgo tiene asociado el componente transversal CT-11, Evaluación de problemas y áreas de mejora, considerando que la incorrecta categorización de la entrada PAC, así como una incorrecta clasificación e inadecuada priorización de la acción 3, son aspectos todos ellos relacionados con dicho componente transversal. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como VERDE.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
08-10-2025




Fecha de la inspección
31-03-2025

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
MATERIAL SIN ANCLAR DURANTE EJECUCIÓN PRUEBAS FUNDICONALES EN CUBÍCULO CON EQUIPOS DE SEGURIDAD

Descripción del incumplimiento
Durante la prueba de capacidad funcional sobre el cargador B1, ubicado en el cubículo del edificio de servicios, se utilizaron tres racks con resistencias conectadas entre sí, al propio cargador y a los equipos de medida. Todo el conjunto, estaba montado sobre una estructura metálica con ruedas sin frenos y sin ningún tipo anclaje a puntos fijos de planta. En dicha zona se encuentran equipos y componentes eléctricos de seguridad de la división II, por lo que, en caso de sismo, los equipos podrían resultar impactados por el material al haber una distancia inferior a un metro. La Inspección comunicó la observación al personal que estaba realizando la prueba y al de sala de control aunque el titular decidió continuar con la prueba hasta su finalización, justificando la ausencia de anclaje en base a lo incluido en un procedimiento que indica que cuando un equipo auxiliar se ubique en un cubículo relacionado con la seguridad, el equipo auxiliar debe estar siempre anclado cuando el usuario no se encuentra en la zona y que, durante la ejecución de la prueba, siempre habría personal presente. Posteriormente, en el turno C del mismo día, se inició la ejecución de la misma prueba sobre el cargador B2, manteniendo todos los equipos sin anclaje, hasta que finalizó la prueba al final del turno A del 28/03/2025.

Valoración de la importancia para la seguridad
Se considera que se ha incumplido el procedimiento del titular alegado para gestión y control de elementos auxiliares de planta, que especifica, igualmente, que la distancia de seguridad mínima que deben mantenerse durante la ejecución de trabajos debe ser al menos un metro. La Inspección comunicó al titular que la presencia de personal no aporta un nivel de seguridad adicional cuando se está utilizando un número elevado de equipos auxiliares y/o estos pueden ser pesados, por lo que dichos equipos auxiliares deberían permanecer anclados o respetando la distancia mínima de un metro con respecto a las estructuras, sistemas y componentes de seguridad Este hallazgo afecta al pilar de seguridad de sistema de mitigación que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas, en este caso los cargadores de baterías de la división II. Este hallazgo tiene asociado el componente transversal CT-2 Recursos, al considerarse que el procedimiento no tiene en consideración un escenario como el ocurrido, donde permite la existencia de múltiples equipos auxiliares sin anclar cerca de equipos de seguridad mientras haya personal presente. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como VERDE.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
16-07-2025




Fecha de la inspección
31-03-2025

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
EJECUCIÓN INCORRECTA DE PROCEDIMIENTO DE PRUEBA DE SISTEMA DE LÍQUIDO DE CONTROL DE RESERVA

Descripción del incumplimiento
Durante la comprobación del caudal mínimo de la bomba del sistema de líquido de control de reserva, según el procedimiento, se debe desenclavar y cerrar la válvula de la línea de interconexión de la descarga de la bomba C41C001B con la bomba C41C001A, sin embargo, el personal en campo identificó incorrectamente la válvula, y desenclavó e inició el cierre de la válvula C41F002B de aspiración de la bomba C41C001B. La Inspección comprobó que el encargado no utilizó las técnicas de prevención del error humano (TPEH) para la ejecución de este paso del procedimiento, y que no se realizó una verificación independiente de la identificación de la válvula con el resto de personal que se encontraba ejecutando la prueba. La Inspección también comprobó que la válvula C41F002B carecía de tarjeta de identificación en local y advirtió inmediatamente al encargado que se había producido un error de identificación, evitando que continuase con el cierre, que habría conducido a una inoperabilidad inadvertida y no programada de la división II del sistema de líquido de control de reserva, al menos durante el tiempo que durase la prueba, ya que al finalizar la misma se debe retornar el sistema al estado de reserva. La Inspección ha considerado, adicionalmente, que, si se hubiera finalizado la maniobra y ejecutado los pasos siguientes, relativos a la apertura de las válvulas que comunican la descarga de las bombas con el tanque de prueba, se habría cuestionado la operabilidad de ambas divisiones, afectando a la función de seguridad.

Valoración de la importancia para la seguridad
Se considera que se ha incumplido el procedimiento de las TPEH, que establece que todo el personal de la organización de la central deberá conocer, promover y aplicar estas herramientas, integrándolas de forma sobresaliente en todas las actividades que se realicen. Este hallazgo afecta al pilar de seguridad de sistema de mitigación que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas, en este caso la inoperabilidad no programada e inadvertida de la división II del sistema de líquido de control de reserva, durante el tiempo que hubiera durado la prueba. Este hallazgo tiene asociado el componente transversal CT-5 Prácticas de trabajo y Supervisión, por considerarse que, si bien el procedimiento de prueba era adecuado, el personal ejecutor no lo siguió correctamente, ni utilizó técnicas de verificación y reducción de errores. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como VERDE.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
16-07-2025




Fecha de la inspección
31-03-2025

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
RETRASO EN APERTURA DE CONDICIÓN ANÓMALA ASOCIADA A CONEXIONES DE ELASTÓMERO EN GENERADORES DIÉSEL DE EMERGENCIA

Descripción del incumplimiento
En diciembre de 2024, la Inspección transmitió al titular cuestiones relativas a la inspección y sustitución de las conexiones de elastómero en el tanque de expansión del circuito de agua de refrigeración de los generadores diésel A y B, en ambos motores. El 08/01/2025 el titular abrió una no conformidad de categoría D. Tras diferentes intercambios de información, tanto de las actuaciones que estaba llevando a cabo el titular, como sobre la experiencia operativa externa proporcionada por la Inspección (en concreto, el LER 2016-01 relativo a un caso análogo en una central americana o el documento del grupo de propietarios EMD Owners group Recommended maintenance program, que recomienda que estas conexiones sean sustituidas cada 12 años) el titular abrió el 11/04/2025 la condición anómala al considerar la situación como tal. Esta condición anómala indica una expectativa de operabilidad en base a la inspección visual y táctil de las ocho conexiones flexibles de ambos generadores diésel realizadas según procedimientos aplicables y cuyos informes de inspección destacan que las conexiones no presentan fugas, grietas, cuarteamientos u otros defectos, comprobándose la elasticidad durante la inspección táctil, y que se han comprobado periódicamente en las recargas, sin reportar anomalías. Se considera que este hallazgo, el retraso de más de tres meses en la apertura de condición anómala por no conformidad en relación con las conexiones de elastómero en el tanque de expansión del circuito de agua de refrigeración de los generadores diésel A y B, en ambos motores, constituye un incumplimiento del apartado 9º de la IS-21. Dicho apartado establece que, en caso de que se descubran situaciones en la planta, denominadas “condiciones anómalas”, en las que no se cumplan plenamente las condiciones y requisitos establecidos en la autorización, bien por tratarse de una “condición degradada” o bien por tratarse de una “no conformidad”, éstas deberán evaluarse y resolverse en un plazo de tiempo razonable, de acuerdo a su importancia en la seguridad, tomándose a continuación las medidas correctoras que devuelvan la planta a las condiciones requeridas.

Valoración de la importancia para la seguridad
Adicionalmente, la Inspección considera que se ha producido una pérdida de la trazabilidad en la identificación y fecha de sustitución que el titular debe garantizar en el material que se encuentra instalado en sistemas de seguridad. Este hallazgo afecta al pilar de seguridad de sistema de mitigación que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas, en este caso de los generadores diesel de emergencia. Este hallazgo tiene asociado el componente transversal CT-11 Evaluación de problemas y área de mejora, al considerarse que el titular asignó a esta “no conformidad” dentro del Programa de Acciones Correctivas (PAC) una categoría D y acciones de prioridad 4, lo que contribuyó a que el análisis de la no conformidad se retrasase en el tiempo. Posteriormente, se reclasificó a categoría C y se asignarón acciones de prioridad 3. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como VERDE.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
16-07-2025




 Pilar: Protección radiológica ocupacional

Fecha de la inspección
30-09-2025

Pilar de seguridad
Protección radiológica ocupacional

Importancia
Verde

Titulo
Contaminación desprendible no detectada tras rebose de tanque contralavado

Descripción del incumplimiento
El 28 de agosto de 2025 se produjo el rebose del tanque de contralavado de filtros desmineralizadores de agua de reactor, que afectó a los conductos del sistema de venteo, calefacción y aire acondicionado del edificio de la contención (sistema T40), aislado previamente a los trabajos. El titular señalizó como punto caliente los conductos del sistema T40 que están ubicados junto al cubículo del tanque de contralavados. Tras el suceso, la Inspección realizó rondas en el edificio del reactor y detectó la existencia de un goteo en cotas bajas del edificio que tenía su origen en el rebose del tanque. Tras la comunicación al titular, el personal de la central confirmó la presencia de contaminación, señalizó la zona y llevó a cabo trabajos de limpieza y descontaminación.

Valoración de la importancia para la seguridad
Se considera que se ha incumplido el procedimiento sobre la ronda de locales, que requiere llevar a cabo la vigilancia radiológica en todos los casos donde haya cambios o alteraciones radiológicas por rotura de integridad en sistemas o cualquier otro suceso, en particular, por no haber realizado una vigilancia radiológica adecuada en las cotas inferiores del edificio de reactor, susceptibles de recibir contaminación originada en el cubículo de contralavado. Este hallazgo afecta al pilar de seguridad la protección radiológica ocupacional, que tiene como objetivo asegurar la protección de los trabajadores frente a exposiciones radiactivas durante su trabajo en la central y la aplicación del criterio ALARA. Este hallazgo tiene asociado el componente transversal CT-5, “Prácticas de trabajo y supervisión”, considerando que, un suceso similar ocurrió en febrero de 2024, en el que se identificó como causa raíz el rebose del tanque de contralavado por el venteo, tras lo que se modificó el procedimiento de ronda de locales, para incluir la vigilancia especial en el punto caliente que se determine en el sistema de venteo, calefacción y aire acondicionado del edificio de la contención. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como VERDE.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
14-01-2026




 Pilar: Protección radiológica del público

Fecha de la inspección
30-06-2025

Pilar de seguridad
Protección radiológica del público

Importancia
Verde

Titulo
No realización de las pruebas de calentadores ni de fugas de housings requeridas por ASME N510-1989 a unidades de filtración no relacionadas con la seguridad

Descripción del incumplimiento
De forma periódica se deben realizar las pruebas de las unidades de filtración de acuerdo con la norma ASME N510-1989, testing of nuclear air treatment systems, incluidas las unidades de filtración sujetas a la RG 1.140, tanto de las salvaguardias tecnológicas como, a partir de 2011, de las diversas unidades de filtración no relacionadas con la seguridad, pero que sí tienen funciones de protección radiológica. La Inspección observó que el titular no había realizado las pruebas requeridas (mecánicas y eléctricas) a realizar cada 24 meses, como mínimo, a los calentadores eléctricos de las unidades de filtración de la ventilación del edificio de servicios para comprobar con garantías su correcto funcionamiento, mostrando solamente los registros de pruebas eléctricas. De la misma manera, la norma ASME N510-1989 requiere la realización de pruebas de estanqueidad de las cajas de las unidades de filtración, no solo inicialmente, sino también posteriormente cada diez años como mínimo, en los sistemas de ventilación del edificio de servicios, del edificio de residuos radiactivos y del taller caliente. Se considera que se ha incumplido el apartado 14, air heater perfomance test de la norma ASME N510-1989, ya que no se realiza la prueba mecánica o térmica de los calentadores de ventilación del edificio de servicios ni existe procedimiento asociado. Solo se realiza la prueba de calentadores de tipo eléctrica. Ambas son requeridas por la norma, cada 24 meses como mínimo, en sus apartados 14.2.1 y 14.5.2.

Valoración de la importancia para la seguridad
También se incumple el apartado tests and inspections with recommended frequencies de la norma ASME N510-198 para el housing leakt test, como prueba de estanqueidad requerida al menos cada diez años. Este hallazgo afecta al pilar de seguridad de protección radiológica del público cuyo objetivo es asegurar la protección de la salud y seguridad de la población por exposición a materiales radiactivos liberados en dominio público. Este hallazgo tiene asociado el componente transversal CT-11, Evaluación de problemas y áreas de mejora ya que, la no realización de la prueba mecánica o térmica de los calentadores de las unidades de filtración, ya fue considerada hallazgo verde en 2008 (en aquel tiempo en las unidades de salvaguardias tecnológicas, cuya prueba formaba parte de un requisito de vigilancia de las ETF, y, en este caso, de forma similar, las pruebas periódicas de ASME N510-1989 a las unidades de filtración no relacionadas con la seguridad. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como VERDE.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
08-10-2025




 Transversal a todos los pilares

Fecha de la inspección
30-04-2025

Hallazgo transversal a todos los pilares
Afecta a todos los pilares de seguridad

Importancia
Verde

Titulo
No identificación de entrada en suspensión de una licencia de personal de operación

Descripción del incumplimiento
Durante la revisión correspondiente a la formación del personal de la sala de control, la Inspección identificó que una persona que dispone de licencia de operador de reactor y turbina y con capacidad para la supervisión del movimiento de combustible nuclear, salió del turno, con una inactividad continuada de 19 meses y ocho días, según contabilizó la Inspección. El límite para declarar la suspensión de una licencia, se establece en 18 meses. El titular, sin embargo, contabiliza periodo de inactividad continuada de 17 meses y tres días, que representa la pérdida de condición de permanencia activa, pero no alcanza los 18 meses que marcan la suspensión de la licencia por inactividad continuada. Esto se debe a que, el titular contabiliza la incorporación efectiva, con el inicio del re-entrenamiento en el simulador y el solape realizado en sala de control, para recuperar la condición de permanencia activa, y tras las vacaciones y permisos correspondientes, fue cuando se incorporó de forma efectiva al turno.

Valoración de la importancia para la seguridad
Se considera que se han incumplido varios artículos relativos a las condiciones de permanencia activa, y suspensión y pérdida de la licencia por inactividad de la Instrucción IS-11 sobre licencias de personal de operación de centrales nucleares, tanto en lo relativo a la suspensión en sí (artículo 8.3) como en el levantamiento de la misma (artículo 8.4) y la comunicación correspondiente, artículo 9.2. Este hallazgo afecta a todos los pilares de seguridad, y se asocia a elementos transversales, si bien no se ha llegado a identificar una degradación efectiva en las competencias del personal con licencia. Este hallazgo tiene asociado el componente transversal CT-6, Funciones y responsabilidad, considerando la falta de documentación que recoja explícitamente las funciones y responsabilidades de diferentes unidades organizativas relacionadas con la gestión, el seguimiento, control y comunicación de inactividades del personal con licencia de operación y el necesario conocimiento experto de la IS-11. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como VERDE.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
08-10-2025




Fecha de la inspección
30-04-2025

Hallazgo transversal a todos los pilares
Afecta a todos los pilares de seguridad

Importancia
Verde

Titulo
No identificación de que los turnos esporádicos de una licencia de personal de operación no corresponden a trabajar a turnos de operación

Descripción del incumplimiento
Durante la inspección relativa a la formación de personal se identificó que una persona con licencia de supervisor salió del turno y volvió a incorporarse en diversas ocasiones por necesidades puntuales del titular sin alcanzar nunca los periodos de inactividad el mes de duración. En junio de 2023, debido a esta secuencia de inactividades, el titular consideró que esta licencia no mantenía las condiciones de permanencia activa, asimilándola a una inactividad acumulada de seis meses en un periodo de nueve meses. Esta persona realizó el solape en sala de control para recuperar, según la valoración del titular, la condición de permanencia activa. Con posterioridad a la recuperación de la condición de permanencia activa se produjeron las condiciones para que el titular volviera a declarar la pérdida de la condición de permanencia activa de esta licencia, así como la de suspensión de la licencia por inactividad acumulada. El titular no declaró estas inactividades ni, en consecuencia, adoptó las medidas que hubieran correspondido a dichas declaraciones. La Inspección del CSN constató que los turnos realizados en sala de control no se distribuían de manera equilibrada con el resto de las licencias, antes y después de inactividad y recuperación.

Valoración de la importancia para la seguridad
Se considera que se ha incumplido la IS-11 en lo que se refiere al trabajo en turno, ya que se define como la ejecución de las actividades propias del puesto de trabajo de operador o supervisor de acuerdo a un calendario de turnos distribuido equilibradamente entre sus integrantes; el cumplimiento de su programa de formación y entrenamiento continuo; los tiempos previstos para las funciones de retén; así como los descansos y vacaciones programados como parte de los derechos laborales. Este hallazgo afecta a todos los pilares de seguridad y se asocia a elementos transversales, si bien no se ha llegado a identificar una degradación efectiva en las competencias del personal con licencia. Este hallazgo tiene asociado el componente transversal CT-6, Funciones y responsabilidad, considerando la falta de documentación que recoja explícitamente las funciones y responsabilidades de diferentes unidades organizativas en relación con la gestión, el seguimiento, control y comunicación de inactividades del personal con licencia de operación y el necesario conocimiento experto de la IS-11. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como VERDE.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
08-10-2025




Fecha de la inspección
30-04-2025

Hallazgo transversal a todos los pilares
Afecta a todos los pilares de seguridad

Importancia
Verde

Titulo
No realización de comunicaciones sobre inactividades de licencias de personal de operación requeridas por la IS-11

Descripción del incumplimiento
Durante una inspección relativa a la formación de personal con licencias de operador y supervisor de sala de control, se revisaron los historiales de tres licencias de personal de operación, en los que la Inspección identificó que el titular no había realizado ciertas comunicaciones al CSN, que son requeridas por la IS-11 en relación a las bajas y altas; las reincorporaciones al turno; registro en el informe anual; la salida definitiva de otra licencia del turno y las inactividades de una tercera personal con licencia de supervisor. A este respecto, tampoco fue comunicada al CSN la recuperación de su condición de permanencia activa con antelación a la reincorporación de una persona con licencia al puesto de trabajo, en turno, de sala de control.

Valoración de la importancia para la seguridad
Se considera que se ha incumplido la Instrucción IS-11 sobre licencias de personal de operación de centrales nucleares, que establece que el titular comunicará al CSN las salidas del turno de las personas con licencia de operación de duración superior a un mes y su reincorporación. También establece que, igualmente, deberá comunicar al CSN, con antelación a su incorporación al puesto, las recuperaciones de las condiciones de permanencia activa Este hallazgo afecta a todos los pilares de seguridad, y se asocia a elementos transversales, si bien no se ha llegado a identificar una degradación efectiva en las competencias del personal con licencia. Este hallazgo tiene asociado el componente transversal CT-6, Funciones y responsabilidad, considerando la falta de documentación que recoja explícitamente las funciones y responsabilidades de diferentes unidades organizativas en relación con la gestión, el seguimiento, control y comunicación de inactividades del personal con licencia de operación y el necesario conocimiento experto de la IS-11. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como VERDE.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
08-10-2025






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